Una demanda de oposición a la solicitud de registro de una marca comercial, es una acción mediante la cual un tercero interesado pide que una solicitud de registro no se convierta en marca registrada, por considerar que incurre en alguna de las causales de irregistrabilidad, de aquellas establecidas en la Ley de Propiedad Industrial.
El plazo para contestar una demanda de oposición es de 30 días hábiles desde el “traslado”, es decir, desde el momento en que INAPI notifica al solicitante de la marca.
Para contestar una demanda de oposición necesariamente se debe contar con el patrocinio de un abogado.
En nuestro Estudio Jurídico somos especialistas en registro de marcas y particularmente contestando demandas de oposición, obteniendo resultados positivos incluso teniendo como demandantes a empresas multinacionales.