Contestación a
observación de fondo

El examen de fondo es el análisis que realiza INAPI a la solicitud de registro de marca, para determinar si está afecta a alguna prohibición de registro, que impida su registro.
Las principales causales de una observación de fondo son:

La marca solicitada es igual o semejante a una marca registrada.

La marca solicitada carece de distintividad o es descriptiva de los productos o servicios que se intentan proteger.

Este examen es realizado una vez vencido el plazo establecido para la presentación de oposiciones.
Si INAPI considera que la solicitud de marca incurre en alguna prohibición, notificará al solicitante su opinión por escrito, mediante carta certificada remitida al domicilio señalado por el solicitante o su representante, para que efectúen sus descargos dentro de un plazo de 30 días hábiles. De no mediar una observación de fondo, la solicitud de registro será derechamente aceptada.
Si bien no es obligatorio que un abogado presente la contestación a una observación de fondo, es altamente recomendable contar con asesoría de un abogado especialista en propiedad industrial.
En nuestro Estudio Jurídico puede contar con asesoría para resolver sus dudas y encargarnos de la contestación a su observación de fondo, como también de los trámites posteriores hasta lograr el registro de su marca.

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